Micelio
Auto30 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante De Oficio Procesado Gualli Maji Andres Felipe·Demandado Gualli Maji Andres Felipe

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Normativo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia (Quindío) y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Karabiju.

La controversia entre las precitadas entidades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de acceso carnal violento agravado y actos sexuales con menor de 14 años, también agravado.

En dicho trámite, la abogada defensora propuso la colisión porque, en su criterio, la Jurisdicción Especial Indígena era la competente para conocer de los hechos delictivos presuntamente cometidos por su prohijado, quien pertenecía a la comunidad indígena de la referencia.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no satisfizo el tercero, en la medida en que, los certificados firmados por el Gobernador del Resguardo Indígena Karabijua y por el Consejero Mayor de la ORIQUIN, presentados por la defensora, se limitan a manifestar que las autoridades indígenas “aceptan” que el acusado sea juzgado por la Jurisdicción Especial Indígena, pero no contienen fundamento normativo alguno en el que se base la “aceptación”.

Por ende, la Corte concluye que se encuentra frente a un conflicto inexistente.

Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Sexto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia (Quindío), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1961 al Juzgado
  3. Sexto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia (Quindío), para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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